Edificaciones de Conservación Arqueológica y Monumentos Históricos

 Edificaciones de Conservación Arqueológica y Monumentos Históricos

Edificaciones de Conservación Arqueológica y Monumentos Históricos

¿Qué es un avalúo de Edificaciones de Conservación Arqueológica y Monumentos Históricos?

Un avalúo de edificaciones de conservación arqueológica y monumentos históricos, pretende hallar el valor para bienes que por su diseño arquitectónico e importancia histórica para una comunidad, no puedan ser valorados de acuerdo con las condiciones normales del mercado inmobiliario.

¿Para qué sirve un avalúo de Edificaciones de Conservación Arqueológica y Monumentos Históricos?

Un avalúo de edificaciones de conservación arqueológica y monumentos históricos permite conocer el valor de un bien de interés cultural, determinando la importancia de su existencia y conservación por ser parte de un imaginario cultural, ya sea para procesos jurídicos, enajenaciones o proyectos gubernamientales.

¿Cómo se hace un avalúo de Edificaciones de Conservación Arqueológica y Monumentos Históricos?

Un avalúo de edificaciones de conservación arqueológica y monumentos históricos se construye partiendo del costo actual de reconstrucción o réplica del mismo, teniendo en cuenta los materiales utilizados, el diseño y su estado de conservación al momento de realizar la valoración.

¿Quién necesita un avalúo de Edificaciones de Conservación Arqueológica y Monumentos Históricos?

Aunque cualquier persona o empresa podría requerir este tipo de valoraciones, es más común que se realicen para procesos ejecutados por entidades de gobierno, las cuales son usualmente las propietarias de estos activos. Sin embargo existen particulares que cuentan con bienes de interés cultural, dado que existen zonas en las diferentes ciudades y municipios que son declaradas como zonas de interés cultural. Por tal motivo se pueden hacer avalúos en esta categoría para procesos jurídicos, con fines comerciales e incluso para garantías hipotecarias.

Normativa que regula los avalúos de Edificaciones de Conservación Arqueológica y Monumentos Históricos en Colombia

Este es el marco jurídico de los avalúos de edificaciones de conservación arqueológica y monumentos históricos en Colombia:

Ley 9 de 1989

El marco regulatorio de la evaluación inicia con la Ley 9 de 1989, por la cual se dictan normas sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes y se dictan otras disposiciones, norma que, además de definir los bienes de uso público, determinó los instrumentos para que el Estado a través de sus entidades administrativas o territoriales adquirieron aquellos inmuebles que han sido declarados como de interés público. El aporte central que trajo esta ley al tema valuatorio tiene que ver con la importancia que se le da al avalúo para la adquisición de inmuebles requeridos para una obra pública.

Ley 388 de 1997

Por su parte, la Ley 388 de 1997 que reglamenta y modifica algunas disposiciones de la ley 9 de 1989, introdujo un procedimiento administrativo más específico para la enajenación voluntaria y forzosa que además reguló aspectos como la indemnización a los propietarios, el descuento de la plusvalía generada por la obra pública y otros elementos directamente ligados con el avalúo de los inmuebles.

Decreto 1420 de 1998

Como reglamentación de las normas antes señaladas, se encargó de regular de manera amplia lo relativo a avalúos inmobiliarios para los diferentes tipos de trámite de adquisición por parte del estado, estableciendo no sólo los parámetros y procedimientos para la elaboración de las valoraciones sino que se ocupó además de la persona natural o jurídica encargada de llevarlos a cabo, indicando, una vez más, que debían ser elaborados por el IGAC o por personas naturales o jurídicas inscritas en una Lonja de Propiedad Raíz domiciliada en el municipio o distrito donde se encuentren el bien objeto de la valoración.

Resolución 620 de 2008

Surge del Decreto 1420 de 1998 estableciendo los parámetros y metodologías específicas para llevar a cabo los avalúos ordenados dentro del marco de la Ley 388 de 1997.

Ley 1673 de 2013

Es la norma más importante en cuanto a la regulación de la persona que ejerce la actividad valuatoria, entró por primera vez a regular las condiciones de formación académica que debía tener el avaluador y, a través de un esquema de autorregulación, definió obligaciones éticas y disciplinarias en el desarrollo de la actividad, así como órganos encargados de vigilar y sancionar ante la ocurrencia de faltas.

Decreto 556 de 2014

Se trata de una de las reglamentaciones más importantes de la Ley 1673 de 2013 mediante la cual se ampliaron las definiciones más relevantes de la actividad, se establece el procedimiento para inscripción ante el Registro Abierto de avaluadores y se definen las 13 categorías y sus respectivas subcategorías para la inscripción de avaluadores de acuerdo a los conocimientos y formación acreditados para desempeñar la actividad valuatoria.

Ley 1682 de 2013

Norma por la cual se adoptan medidas y disposiciones para los proyectos de infraestructura de transporte y que a su vez se encarga de regular elementos del avalúo y de las metodologías valuatorias a emplear para valorar los inmuebles requeridos para este tipo de proyectos, definidas de manera específica en la Resolución 898 de 2014 expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi de conformidad con las facultades otorgadas por la norma en mención.

Texto extraído del MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS INMOBILIARIAS PARA AVALÚOS de La Lonja El gremio inmobiliario de Medellín y Antioquia.

Estándares internacionales para avalúos de Edificaciones de Conservación Arqueológica y Monumentos Históricos

El Consejo Internacional de Estándares de Valuación (IVSC) es una organización independiente emprendida con el fin de mejorar la calidad de la actividad valuatoria en el mundo. Muchos países han diseñado sus normas referentes a los avalúos con base en los IVS.

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