Recursos Naturales y Suelos de Protección

Recursos Naturales y Suelos de Protección

Recursos Naturales y Suelos de Protección

¿Qué son Recursos Naturales y Suelos de Protección?

Según el artículo 146 del Decreto 190 de 2004, el suelo de protección es una categoría de suelo constituido por las zonas y áreas de terrenos localizados en suelo urbano, rural o de expansión, que por sus características geográficas, paisajistas o ambientales, o por formar parte de las zonas de utilidad pública, tiene restringida la posibilidad de urbanizarse.

Algunos ejemplos de recursos naturales y suelos de protección son: terrenos dentro de la estructura ecológica principal, rondas hídricas, zonas de retiro de ríos y quebradas, bosques y tierras explotadas que se pretenden reforestar, páramos, manglares, bienes ambientales, minas, yacimientos y explotaciones minerales, etc.

¿Qué es un avalúo de Recursos Naturales y Suelos de Protección?

Un avalúo de recursos naturales y suelos de protección, es el estudio de diferentes factores ecológicos, ambientales, económicos, normativos y de mercado, que permiten estimar el valor del predio, ubicado en suelo definido como suelo de protección y/o conservación.

¿Para qué sirven los avalúos de Recursos Naturales y Suelos de Protección?

Un avalúo de recursos naturales y suelos de protección permite conocer el valor del bien, para fines comerciales, conciliaciones, proyectos de inversión, procesos jurídicos (demandas, sucesiones, divorcios), solicitud de créditos hipotecarios, actualizaciones catastrales, procesos de restitución de tierras, expropiaciones, entre otros.

¿Quién puede hacer un avalúo de Recursos Naturales y Suelos de Protección en Colombia?

Únicamente avaluadores con Registro Abierto de Avaluadores (RAA) vigente en la categoría de recursos naturales y suelos de protección están facultados en Colombia para realizarlos. Es importante, antes de encargar un avalúo de un inmueble rural, verificar que el avaluador cuente con un RAA vigente y se encuentre activo. Dicha información se puede consultar en https://www.raa.org.co/, o simplemente solicitando al avaluador su certificado vigente para el mes en curso.

¿Quién necesita un avalúo de Recursos Naturales Suelos de Protección?

Usted puede ser nuestro cliente. Personas naturales, firmas de abogados, PYMES, grandes empresas, entidades financieras, fondos de inversión, alcaldías municipales y cualquier tipo de persona o empresa que requiera valuar sus bienes, sea con fines comerciales o para cumplir con políticas empresariales, NIIF, desembolsos fiduciarios, sucesiones,demandas, divorcios, procesos divisorios, adquisición de créditos, leasing.

Normativa que regula los avalúos en Colombia

Este es el marco jurídico de los avalúos de recursos naturales y suelos de protección en Colombia:

Ley 9 de 1989

El marco regulatorio de la evaluación inicia con la Ley 9 de 1989, por la cual se dictan normas sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes y se dictan otras disposiciones, norma que, además de definir los bienes de uso público, determinó los instrumentos para que el Estado a través de sus entidades administrativas o territoriales adquirieron aquellos inmuebles que han sido declarados como de interés público. El aporte central que trajo esta ley al tema valuatorio tiene que ver con la importancia que se le da al avalúo para la adquisición de inmuebles requeridos para una obra pública.

Ley 388 de 1997

Por su parte, la Ley 388 de 1997 que reglamenta y modifica algunas disposiciones de la ley 9 de 1989, introdujo un procedimiento administrativo más específico para la enajenación voluntaria y forzosa que además reguló aspectos como la indemnización a los propietarios, el descuento de la plusvalía generada por la obra pública y otros elementos directamente ligados con el avalúo de los inmuebles.

Decreto 1420 de 1998

Como reglamentación de las normas antes señaladas, se encargó de regular de manera amplia lo relativo a avalúos inmobiliarios para los diferentes tipos de trámite de adquisición por parte del estado, estableciendo no sólo los parámetros y procedimientos para la elaboración de las valoraciones sino que se ocupó además de la persona natural o jurídica encargada de llevarlos a cabo, indicando, una vez más, que debían ser elaborados por el IGAC o por personas naturales o jurídicas inscritas en una Lonja de Propiedad Raíz domiciliada en el municipio o distrito donde se encuentren el bien objeto de la valoración.

Resolución 620 de 2008

Surge del Decreto 1420 de 1998 estableciendo los parámetros y metodologías específicas para llevar a cabo los avalúos ordenados dentro del marco de la Ley 388 de 1997.

Ley 1673 de 2013

Es la norma más importante en cuanto a la regulación de la persona que ejerce la actividad valuatoria, entró por primera vez a regular las condiciones de formación académica que debía tener el avaluador y, a través de un esquema de autorregulación, definió obligaciones éticas y disciplinarias en el desarrollo de la actividad, así como órganos encargados de vigilar y sancionar ante la ocurrencia de faltas.

Decreto 556 de 2014

Se trata de una de las reglamentaciones más importantes de la Ley 1673 de 2013 mediante la cual se ampliaron las definiciones más relevantes de la actividad, se establece el procedimiento para inscripción ante el Registro Abierto de avaluadores y se definen las 13 categorías y sus respectivas subcategorías para la inscripción de avaluadores de acuerdo a los conocimientos y formación acreditados para desempeñar la actividad valuatoria.

Ley 1682 de 2013

Norma por la cual se adoptan medidas y disposiciones para los proyectos de infraestructura de transporte y que a su vez se encarga de regular elementos del avalúo y de las metodologías valuatorias a emplear para valorar los inmuebles requeridos para este tipo de proyectos, definidas de manera específica en la Resolución 898 de 2014 expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi de conformidad con las facultades otorgadas por la norma en mención.

Texto extraído del MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS INMOBILIARIAS PARA AVALÚOS de La Lonja El gremio inmobiliario de Medellín y Antioquia.

Estándares internacionales valoración

El Consejo Internacional de Estándares de Valuación (IVSC) es una organización independiente emprendida con el fin de mejorar la calidad de la actividad valuatoria en el mundo. Muchos países han diseñado sus normas referentes a los avalúos con base en los IVS.

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